Prestación por desempleo -

Prestación por desempleo

La prestación contributiva de desempleo se ha convertido en una verdadera necesidad, sabiendo que ayuda a todas aquellas personas que no cuentan con un trabajo y que necesitan alguna manera para subsistir. Claro que aquí se toma en cuenta al menos 360 días de cotizaciones que aún se mantengan para poder adjudicar este apoyo.

¿En qué consiste la prestación contributiva por desempleo?

Se le llama prestación contributiva por desempleo a aquella ayuda que se ofrece a personas que tengan cierta cantidad de cotizaciones y que hayan quedado sin un trabajo. Se toma en cuenta las cotizaciones porque en base a esto es que se sabrá cuánto le toca cobrar y por cuánto tiempo lo estará recibiendo.

Hay que aclarar que este tipo de prestación contributiva no tiene nada que ver con los subsidios que se dan por el desempleo o con las prestaciones especiales que se otorgan por ERTE. Aunque salgan del mismo lugar, se sabe que no guardan una relación entre sí.

¿Cuáles son los canales para la solicitud de la prestación contributiva por desempleo?

Se manejan cuatro canales para la solicitud de esta prestación contributiva, estos serían:

  1. Solicitud ante el SEPE, aquí el solicitante debe ir personalmente hasta la oficina, luego de haber pedido una cita previa para ello.
  2. Pre-solicitud por internet, aunque no se cuente con las identificaciones que se precisan al momento.
  3. Solicitud por la sede electrónica del SEPE, por supuesto que así si es necesario tener una certificación de modo digital o por lo menos el DNI electrónico.
  4. Solicitud sin tener una identificación como el carnet digital o la DNI electrónica, se puede hacer por el SEPE en su portal web.

Pasos a completar para la solicitud de la prestación contributiva por desempleo

  • Se debe tener una cotización que sea mínima de 360 días en tiempo antes de haberse quedado desempleado y aún se mantengan.
  • Es necesario que de verdad la situación de la persona sea de desempleo, esto quiere decir que se pueda comprobar que el trabajador haya perdido su empleo por razones fuera de su voluntad.
  • Es necesario haber estado de alta en el régimen general de la Seguridad Social.
  • La persona deberá contar con una inscripción como demandante de paro, es decir, debe estar en el sistema de paro e igualmente tener un compromiso de actividad.
  • Bajo ningún concepto se puede estar haciendo un trabajo por cuenta propia o estar en el proceso de jubilación.

¿Cuánto se podría cobrar por la prestación contributiva por desempleo?

Hay dos cálculos que se hacen sobre la prestación contributiva, estos serían:

  1. Se toman en cuenta los últimos seis meses de cotización que ha tenido el trabajador y sobre esto se establece una media diaria, así se haría un cálculo sustentado en la base regulatoria legal.
  2. Se puede hacer un cálculo por porcentaje. En un principio el trabajador podrá recibir un 70% de lo que es el importe diario, pero luego de que se cumplan los primeros seis meses, eso baja al 50%.